El Ágora de Alhaurín

  • Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
  • Actualizado 04:07

Alhaurín Despierta quiere que el Ayuntamiento asesore a los afectados por las cláusulas suelo

J.M. Mancebo y Estela Martín, Alhaurín Despierta
J.M. Mancebo y Estela Martín, Alhaurín Despierta
Alhaurín Despierta quiere que el Ayuntamiento asesore a los afectados por las cláusulas suelo

La candidatura ciudadana propone en una moción que la Oficina Municipal de Información al Consumidor asesore gratuitamente a las familias en los procesos de reclamación de cláusulas suelo a los bancos.

La propuesta presentada para ser votada en el próximo pleno, supone que el Ayuntamiento, a través de la OMIC asuma el asesoramiento gratuito, leal y de calidad a los vecinos de Alhaurín de la Torre para ayudarles en la tramitación de las reclamaciones para la eliminación de las cláusulas suelo de sus préstamos hipotecarios y obtener la devolución de las cantidades abonadas a las entidades bancarias por este concepto.

Diferentes instituciones españolas ya han comenzado a plantear planes de acción en torno a esta cuestión. El propio Ministro De Guindos se ha comprometido a establecer, mediante decreto ley, un sistema extrajudicial para que los consumidores puedan reclamar las cláusulas suelo en un periodo máximo, barajan, de tres meses.Por su parte, algunos Ayuntamientos como el de Madrid se han comprometido a llevar a cabo una labor de asesoramiento, con una estimación de la cantidad que pueden reclamar y facilitar un borrador para cursar dicha reclamación.

La propuesta de Alhaurín Despierta incluye la negociación de acuerdos entre el Ayuntamiento, las asociaciones de consumidores y el Colegio Oficial de Abogados de Málaga lo que posibilitaría que los vecinos de Alhaurín de la Torre reciban asesoramiento gratuito y se enfrenten a estas reclamaciones con mas información y garantías.

Reclamaciones de las cláusulas suelo

Las cláusulas suelo son estipulaciones contractuales que se insertan en los contratos de préstamos hipotecarios con el objeto de limitar la bajada de los tipos de interés, cuando son variables que  impiden, en la práctica, que el consumidor prestatario pueda beneficiarse de una reducción del interés a tipo variable de su préstamo cuando el tipo de referencia establecido en su contrato disminuye por debajo del límite mínimo impuesto, precisamente, por la cláusula suelo. Es decir, a través de este tipo de cláusulas el banco marca un tope a la baja (un “suelo”) y se asegura un beneficio ya que la cuota mensual que paga el cliente no se reducirá jamás, mientras esté en vigor dicha cláusula, por debajo de dicho “suelo”. Esta situación ha ocurrido, en la práctica, desde el año 2007, tras la burbuja inmobiliaria, en los contratos de préstamo hipotecario afectando a miles de personas, muchos de ellos vecinos de Alhaurín de la Torre.

Desde entonces existe una batalla legal entre bancos y usuarios que reclaman la nulidad de estas cláusulas en base a dos argumentos legales. Que estas cláusulas fueron incorporadas como condiciones generales de la contratación en los préstamos hipotecario, impuestas por el banco sin negociación individual previa con el consumidor, lo que ha causado un desequilibrio contractual contrario a la buena fe por falta de reciprocidad, en perjuicio del consumidor. Y que se trata de cláusulas contractuales no claras ni transparentes ni comprensibles para el consumidor. Incluso asociaciones de consumidores denunciaron en su momento la mala fe practicada por muchos notarios, que no advirtieron debidamente del significado de estas cláusulas. Se calcula que unos tres millones de españoles se han visto afectados por el fraude de las cláusulas suelo, habiendo pagado entre 3.000 y 6.000 millones de euros por estas cláusulas abusivas.

En España el Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de mayo de 2013, declaró nulas las cláusulas suelo de las hipotecas en el caso de existir falta de transparencia. La sentencia indicaba que esto no había sido así en numerosos casos, por lo que obligó a retirarlas de las condiciones de préstamo hipotecario y de las escrituras de dicho préstamo en numerosos contratos (Bancos como el BBVA, Novagalicia Banco y Cajamar). La sentencia del 25 de marzo de 2015 el Tribunal Supremo confirmó la Sentencia del 9 de mayo de 2013 (que fue recurrida por las entidades bancarias). Y más recientemente en diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia inapelable de 21 de diciembre de 2016, dictaminó la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo. Es decir, los bancos y cajas de ahorro están obligados en la actualidad a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo desde la fecha de la firma de la hipoteca inmobiliaria para la adquisición de la vivienda.