El Ágora de Alhaurín

  • Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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LAS AYUDAS SE DIRIGEN A PROPIETARIOS DE VIVIENDAS CUYO VALOR CATASTRAL NO SUPERE LOS 150.000 EUROS

Las familias numerosas pueden beneficiarse de bonificaciones de entre el 40% y el 60% en el IBI

  • Deben solicitarse antes del 1 de febrero en las oficinas del Patronato Provincial de Recaudación
  • Son del 40% para unidades con tres hijos y del 60% para las de cuatro o más
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Vista aérea de Alhaurín de la Torre
Las familias numerosas pueden beneficiarse de bonificaciones de entre el 40% y el 60% en el IBI

El Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre contempla bonificaciones de entre el 40% y el 60% en la cuota íntegra del IBI (Impuesto de Bienes e Inmuebles) para familias numerosas que tengan en el municipio su vivienda habitual, según ha recordado el concejal de Economía y Hacienda, Manuel López, que ha reseñado que se trata de una ayuda que las personas propietarias tienen que solicitar en las oficinas del Patronato Provincial de Recaudación antes del 1 de febrero. La medida va dirigida a unidades familiares cuya vivienda no supere como valor catastral los 150.000 euros. Hace un par de años, el Ayuntamiento amplió el ratio de beneficiarios, ya que antes se establecía como límite los 125.000 euros.

La bonificación es del 40% para familias con tres hijos y del 60% para las que tengan cuatro o más. Se trata de una bonificación que es además compatible con otros beneficios fiscales. Los requisitos para solicitarla son los siguientes:

  • Presentar solicitud antes del 1 de febrero, surtiendo efectos para ese mismo año y los siguientes siempre que se mantengan los requisitos necesarios para la concesión de la bonificación a la fecha del devengo.
  • Título de Familia Numerosa del sujeto pasivo vigente en la fecha del devengo del impuesto (1 de enero) en los ejercicios para los que solicita la bonificación.
  • Que el sujeto pasivo del IBI no sea propietario de más de una vivienda.
  • No recibir cualquier otra ayuda oficial destinada a la misma finalidad.
  • La necesidad de cumplir con el requisito consistente en que la vivienda habitual tenga un valor catastral inferior o igual a 150.000 euros.
  • Empadronamiento en la vivienda de la totalidad de los miembros de la unidad familiar.

A la solicitud se acompañará, a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos:

  • Fotocopia del título de Familia Numerosa o carnet Familia Numerosa miembros unidad familiar vigente.
  • Certificado de empadronamiento de la Unidad Familiar.
  • Declaración bajo responsabilidad de que el inmueble del que se pretende la bonificación constituye la única vivienda del sujeto pasivo, además de no recibir ninguna otra ayuda oficial destinada a la misma finalidad.

Más información

  • La liquidación se practicará conforme a las circunstancias que a 1 de enero de cada año obren en la Administración.
  • La bonificación se extinguirá de modo automático sin necesidad de resolución expresa, en el caso de que no se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos, pudiendo solicitarse para nuevos ejercicios si concurren nuevamente dichos requisitos.
  • Más información y solicitudes: Patronato Provincial de Recaudación. Calle Fray Luis de León, 11. Teléfono: 951957205.